Autorización de Estancia por Estudios: Estudiar y Trabajar en España.

La Autorización de Estancia por Estudios es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

El estudiante ha de ser un ciudadano de un país que no sea de la Unión Europea (Ejemplo; Colombia, Argentina, Estados Unidos, etc), pudiéndose realizar el trámite tanto desde el país de origen, o bien desde España una vez que el extranjero haya llegado, por ejemplo como turista, y realizar dicho trámite ante la Oficina de Extranjería del lugar donde se encuentre en el plazo de los primeros 30 días de su llegada a España. Recordar que el período de estancia máxima como turista en España es de 90 días o lo que es lo mismo 3 meses.

Además, el estudiante puede trabajar en España mientras estudia tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.

Pudiendo reagrupar el estudiante, previo a cumplir una serie de requisitos, a los siguientes familiares:

 El cónyuge,

 La pareja de hecho,

 Los hijos menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades debido a su estado de salud.

 

Una vez finalices la formación, se puede hacer un cambio de la Tarjeta de Estudiante a una Tarjeta de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia o por Cuenta Ajena.

¿QUÉ INCLUYE NUESTRO SERVICIO?

Expediente de solicitud:

Te asesoramos con la documentación a presentar, la revisaremos y presentaremos telemáticamente tu expediente con firma digital de abogado y a través de la plataforma profesional para abogados en cualquiera de las oficinas de extranjería de toda España. (Ofrece mayores garantías, rapidez y seguridad).

Hacemos el seguimiento constante de tu expediente:

Si la Administración nos requiere para que aportemos algún documento o aclarar algún dato, nos encargaremos de contestar al requerimiento por vía telemática. No tienes que preocuparte de nada, nos encargamos de todo el procedimiento hasta el final.

Te mantenemos informado en cada momento:

Te vamos manteniendo informado en todo momento del estado de tu procedimiento y de cualquier notificación de la oficina de extranjería, hasta que finalmente te enviemos la resolución del procedimiento.

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