Los procesos de mediación entre partes están regulados en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y son una alternativa reciente pero cada vez más frecuente a la de acudir a la vía judicial para la resolución de conflictos.
En nuestro despacho de abogados, somos mediadores civiles, mercantiles y familiares.
Estando inscritos en el registro de mediadores del Ministerio de Justicia, por lo que contamos con la autorización para ejercer como tales, con una amplia experiencia en procesos de mediación y resolución de conflictos extrajudiciales, sobre todo en asuntos familiares respecto a pensiones de alimentos y guarda y custodia de hijos menores edad, así como conflictos intraempresariales (entre socios, directivos, empleados y proveedores).
Realizamos todo tipo de mediaciones de forma presencial y un servicio exclusivo a través de nuestra propia plataforma online para empresas.
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